Derechos humanos e Inteligencia Artificial

AutorJosé Justo Megías Quirós
CargoCatedrático de Filosofía del Derecho, Universidad de Cádiz. Avda. de la Universidad 4. 11406 Jerez de la Fra., Cádiz, España. Dirección electrónica: josejusto.megias@uca.es. El artículo es resultado del Proyecto I+D PID2019-108669RB100/AEI/10.13039/501100011033, 'Derecho e Inteligencia Artificial: nuevos horizontes jurídicos de la personalidad...
DIKAIOSYNE Nº 37
ISSN 1316-7839. Número especial sobre DDHH
En coedición con el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes
Universidad de Los Andes. Mérida Venezuela. Enero, 2022.
DERECHOS HUMANOS E INTELIGENCIA ARTIFICIAL
José Justo Megías Quirós
Resumen
La Inteligencia Artificial (IA) ha traído consigo importantes avances y bene-
ficios para la humanidad, pero sería imprudente ignorar los riesgos conexos que, para
los derechos humanos, entraña su uso indiscriminado. Las primeras alertas de insti-
tuciones privadas y públicas sirvieron para concienciar a los organismos internacio-
nales de la necesidad de proceder a su regulación, de modo significativo en la Unión
Europea (UE) y con un impulso cada vez más relevante en el seno de Naciones Uni-
das. Estas páginas recogen los últimos pasos en las propuestas de regulación de la
IA a nivel internacional con el objetivo de proteger los derechos humanos.
Palabras clave: derechos humanos, inteligencia artificial, ética, regulación
legal.
HUMAN RIGHTS AND ARTIFICIAL INTELLIGENCE
Abstract
Artificial Intelligence (AI) has brought important advances and benefits to hu-
manity, but it would be unwise to ignore the related risks to human rights that its
indiscriminate use would entail. The first alerts from private and public institutions
have served to make international organizations aware of the need to proceed with
their regulation, significantly in the European Union (EU) and with an increasingly
relevant impulse within the United Nations. These pages collect the last steps in the
proposals for the regulation of AI at an international level with the aim of protecting
human rights.
Key words: human rights, artificial intelligence, ethic, legal regulation
Catedrático de Filosofía del Derecho, Universidad de Cádiz. Avda. de la Universidad 4.
11406 Jerez de la Fra., Cádiz, España. Dirección electrónica: josejusto.megias@uca.es .
El artículo es resultado del Proyecto I+D PID2019-108669RB-
100/AEI/10.13039/501100011033, Derech o e Inteligencia Artificial: nuevos horizontes ju-
rídicos de la p ersonalidad y la responsabilidad robótica”, financiado por el Ministerio de
Ciencia, Innovación y Universidades (España).
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Revista Dikaiosyne Nº 37
Número especial sobre derechos humanos
En coedición con el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes
José Justo Megías Quirós
Derechos humanos e Inteligencia Artificial
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La insistencia de la doctrina en la necesidad de regular la IA por los riesgos
que entraña para los derechos humanos
1 ha contribuido a que, en la actualidad, ten-
gamos en curso de aprobación dos modelos internacionales de regulación, uno en el
ámbito de Naciones Unidas y otro en el de la UE. En el primero ha sido la UNESCO
la que ha acometido este objetivo con una propuesta de Recomendación que posi-
blemente sea aprobada en noviembre de 2021 y que recoge exigencias éticas que
deberían ser asumidas por las legislaciones internas para asegurar el respeto de los
derechos humanos2. La UE, en cambio, ha planteado directamente una regulación
legal de la IA. Si bien en una primera etapa apostó por un marco ético, aboga ahora
por la aprobación de normas jurídicas vinculantes complementadas con exigencias
éticas. Así se refleja en la propuesta en 2020 de dos Reglamentos (norma vinculante
de aplicación directa) del Parlamento Europeo, uno para establecer un marco de prin-
cipios éticos y obligaciones jurídicas que regularían la IA, y otro para regular la res-
ponsabilidad civil por daños. El paso definitivo en este sentido lo ha dado la Comi-
sión Europea en 2021 al proponer la aprobación de un Reglamento más ambicioso
que, además de armonizar el derecho europeo, regularía los sistemas de IA con el fin
de proteger los derechos humanos, y que tendría la denominación de Ley de Inteli-
gencia Artificial.
1. Derechos humanos y riesgos reales asociados a la IA
Desde que comenzara a utilizarse la IA, hemos visto los beneficios que re-
porta, pero también los riesgos que su uso indiscriminado entraña para los derechos
1 Vid., por ejemplo, Llano Alonso, F.H. (ed.), Inteligencia Artificial y Der echo. El jur ista
ante los retos de la era digital. Cizur Menor, Aranzadi, 2021; García San José, D., “Implica-
ciones jurídicas y bioéticas de la Inteligencia Artificial (IA). Especial consideración al marco
normativo internacional”, Cuadernos de Derecho Tra nsnacional vol. 13, nº 1, 2021, pp. 255-
276; Robles Carillo, M., “La gobernanza de la Inteligencia Artificial: contexto y parámetros
generales”, REEI 39, 2020, pp. 1-27; Santos González, M.J., “Regulación legal de la robótica
y la Inteli gencia Artificial: retos de futuro”, Revista J urídica de la Universidad de León 4,
2017, pp. 25-50; De Asís, R., Una mirada a la robótica desde los derechos humanos. Marcial
Pons, Madrid, 2015.
2 La propuesta toma cuerpo a partir de un do cumento del Grupo de Trabajo de la UNESCO,
Estudio preliminar sobre la ética de la Inteligencia Artificial, SHS/COMEST/EXTWG-
ETHICS-AI/2019/1, París, 26 de febrero de 2019, y otro de su Conferencia General, Docu-
mento 206 EX/42, Estudio preliminar sobr e los aspectos técn icos y jurídicos relativos a la
conveniencia de disponer de un Instr umento normativo sobre la Ética de la Inteligencia Ar-
tificial. París, 28 de marzo de 2019. Aprobado por la Conferencia General de la UNESCO en
Resolución 40 C/67, de 30 de julio de 2019.

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