La justicia juvenil en España: una responsabilidad colectiva Propuestas desde el Trabajo Social

AutorJosé Navarro, María Botija, Francesc Uceda
CargoProfesor Contratado Doctor. Grupo de Investigación GESinn. Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales. Universidad de Valencia (España). / Profesora Ayudante Doctor. Grupo de Investigación GESinn. Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales. Universidad de Valencia. / Profesor Contratado Doctor. Grupo de Investigación GESinn. ...
Páginaspppp
Interacción y Perspectiva Dep. Legal ppi 201002Z43506
Revista de Trabajo Social ISSN 2244-808X
Vol. 6 No 2 pp. 156-173 Copyright © 2016
Julio-Diciembre
ARTÍCULO DE INVESTIGACIÓN
La justicia juvenil en España: una responsabilidad colectiva
Propuestas desde el Trabajo Social
José Navarro*, María Botija** y Francesc Uceda***
Resumen
El presente trabajo realiza una revisión y análisis de los paradigmas y tratamiento
recibido por el menor de edad que comete hechos delictivos a partir de los modelos
teóricos de justicia basados en la responsabilidad y en el supremo interés del menor,
centrando el análisis en España. Del mismo modo refiere la percepción social que
tienen los delincuentes juveniles y cómo afecta a sus relaciones con el delito. Se
informa de nuevos perfiles de menores delincuentes, tipos penales y las etiquetas que
sufren. Finalmente se describen una serie de propuestas de corte comunitario y otras
que afectan a los principales implicados por la justicia juvenil: los menores, las
víctimas, las familias y la sociedad en general.
Palabras clave: delincuente juvenil; trabajo social; responsabilidad penal; delitos;
justicia juvenil y comunidad
Abstract
The criminal charge of children in Spain: a collective responsibility
Proposals from Social Work
In this article are reflected the results of an applied research about professional
practices and skills in social work with groups and communities. The results of the
evaluation of competences, capabilities, abilities and skills that students acquire in
professional practices in social organizations in the field of Community intervention are
shown. The results present an integrated competence´s map that students in social
work acquire gradually in the process of analysis and intervention work with groups
and communities in a particular social and organizational context and allow them to
build, manage and evaluate knowledge from their own experience, all through a
document of practice, validated by supervisors and tutors of from the subject. A
knowledge that guarantees the relationship between the theoretical training and the
practical knowledge that is developed in social institutions and organizations and
whose purpose is to provide students with autonomy to successfully meet the demands
of professional and working environment in constant change and transformation.
Key words: Young offender; social work; penal responsibility; crimes; juvenile justice
and community.
Correo electrónico: J.Javier.Navarro@uv.es
Recibido 30-05 -2016 / Aceptado 13-08-2016
*Profesor Contratado Doc tor. Grupo de Investigación GESinn. Departamento de Trabajo Social y Servicios
Sociales. Universidad de Valen cia (España).
** Profesora Ayudante Doctor. Grupo de Inves tigación GESinn. Depa rtamento de Trab ajo Social y Servicios
Sociales. Universidad de Valen cia.
***Profesor Contratado Doctor. Grupo de Investigac ión GESinn. Departamento d e Trabajo Social y S ervicios
Sociales. Universidad de Valen cia (España).
Navarro, Botija y Uceda / La justicia juvenil en España: una re sponsabilidad colectiva. Propuestas desde el
Trabajo Social.
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Introducción: un marco jurídico especializado en la responsabilidad penal de
menores
En el panorama internacional yace una cuestión extrapolable a todos los sistemas
de justicia juvenil: el cuestionamiento de las administraciones públicas en el
asentamiento del modelo de justicia juvenil deseado. Es objeto de cuestionamiento, de
controversia y discusión los preceptos y fines, para así intuir la coherencia y factores
que lo definen. Se opta cada vez más por la judicialización como método para resolver
los conflictos de la vida social incluso en la esfera cotidiana (Navarro, 2009).
El escenario social y judicial responde cada vez más a un modelo de gestión de
riesgos que se apoya fundamentalmente en la seguridad. Su premisa básica parte de
la igualdad de oportunidades para todos, y en este sentido, percibe al menor de edad
como un actor racional, libre y dueño de su destino, y también de sus actos (Bernuz y
Fernández, 2008).
Pocos son los menores de edad que llegan a los tribunales de justicia por las
mismas razones; la casuística del porqué de la comisión de una falta o delito, contiene
innumerables elementos singulares (Redondo, Martínez-Catena y Andrés, 2012). El
contacto estrecho con estos adolescentes, sus realidades y contextos socio familiares y
culturales, nos hacen llegar a posicionamientos que deben servirnos ya no solo para el
tratamiento de los mismos (acción de técnicos de base) sino que además debería
posibilitar la reflexión y cuestionamiento del método a los equipos técnicos de Fiscalías
en su función de la valoración y orientación de las medidas y en consecuencia en la
posterior imposición de las mismas (aparato judicial). La justicia juvenil necesita de un
ordenamiento especializado, atendiendo las características que la rodean.
El hecho probado, necesario para dictar cualquier sentencia y posterior
cumplimiento de una medida, es leído habitualmente como estilo narrativo aséptico y
es la base para considerar un tipo de sentencia u otra (Doninni, 2004). Un adolescente
no es un hecho probado puntual, aunque las consecuencias del mismo pueden resultar
de efectos perennes. El sistema tiene como fin último la reinserción y es conocedor de
estas fisuras en su funcionamiento. Los condicionantes muchas veces son obviados al
tratar a todos por igual y como se sabe no hay cosa más injusta que tratar a los
diferentes de igual manera.
Desde el campo del derecho, la explicación es clara y justificada: la justicia debe de
ser ciega. En esta línea Díez-Ripollés (2003) refiere que al tratarse de menores se
consideran otras circunstancias; La actual LORPM
1
5/2000 vigente en España es
explícita para estos casos: “para la elección de la medida o medidas adecuadas se
atenderá, no sólo a la prueba y valoración de los hechos, sino especialmente a la edad,
las circunstancias familiares y sociales, la personalidad y el interés del menor”.
1
Ley Orgánica de responsabilidad Pe nal de los Menores.

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