Novedades y modificaciones relevantes

AutorEdison Lucio Varela Cáceres
Cargo del AutorUniversidad de Los Andes, Abogado Cum Laude, Universidad Central de Venezuela, Especialista en Derecho de la Niñez y de la Adolescencia, profesor asistente de Derecho Civil i Personas, Universidad Metropolitana, profesor de Derecho Civil Universitat de Barcelona, Máster en Derecho de Familia e Infancia
Páginas167-174
C     L  P   F,  M   P 167
Proyecto: veinte son disposiciones nuevas (artículos 2, 4, 5, 7, 9, 10, 11,
12, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 41, 48 y 50), nueve hacen modica-
ciones de fondo (artículos 1, 3, 13, 25, 26, 28, 29, 30 y 49), en quince se
efectuaron cambios de términos, añadidos o supresiones sin alterar signi-
cativamente su sentido (artículos 6, 8, 14, 32, 33, 35, 36, 40, 42, 43, 44,
45, 46, 47 y 51) y siete son reproducciones sin ninguna variación (artículos
24, 27, 31, 34, 37, 38 y 39).
Por otra parte, se suprimen de la Ley actualmente vigente tres disposiciones:
artículos 4 (donde se indican las circunstancias de vulnerabilidad que deben
ser ponderadas para acceder a los programas de apoyo), 35 (referente a la in-
corporación en los planes de estudios, en los distintos niveles, de contenidos
vinculados a esta Ley) y 38 (especie de disposición transitoria que determina
un lapso para la puesta en vigencia de los programas que ordena la Ley).
2. N   
El proyecto comentado incorpora unas novedades –lo que no es sinó-
nimo de aportes positivos– y cambios que requieren mencionarse a los
nes de tener una idea general sobre los efectos jurídicos perseguidos
con el instrumento propuesto.
i. El «cuido colectivo»: en los artículos 3, 6 y 41 del Proyecto se alude
a tales términos como principios y acciones en la familia. En realidad, no
se entiende mucho la intención de la incorporación. Ahora bien, tal ex-
presión es empleada por grupos feministas, lo cual podría implicar una
determinada carga semántica dentro de dicha visión170. En todo caso,
B dene el cuidado como:
170 Así, por ejemplo, se alude en el artícu lo 4 del Proyecto en lo referente al principio de
la igualdad y no d iscriminación a términos ta mbién impulsado por grupos LGBT:
«orientación sexual, identidad de género, ex presión de género», sobre los cuales
existen discu siones muy vivas sobre su reconocimiento y posibles efe ctos jurídicos.

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