De «reformas judiciales» a «reformas ejecutivas». El caso de la reserva legal tributaria, el Decreto N° 1.435 y el artículo 31 de la Ley de Impuesto sobre la Renta

AutorServiliano Abache Carvajal
Páginas364-370
Sección II: Régimen tributario especial
De «reformas judiciales» a «reformas ejecutivas».
El caso de la reserva legal tributaria,
el Decreto N° 1.435 y el artículo 31 de la
Ley de Impuesto sobre la Renta
Serviliano Abache Carvajal
Profesor de Universidad Central de Venezuela
Resumen: En este trabajo se reexaminan el régimen del gravamen a las rentas sa-
lariales anterior al vigente de la Ley de Impuesto Sobre la Renta y la controver-
sial sentencia N° 301/2007 de 27 de febrero, para luego exponer unos breves co-
mentarios sobre el contenido de la disposición en el Decreto N° 1.435/2014 de 17
de noviembre.
Palabras clave: Reserva tributaria, Ley de Impuesto Sobre la Renta, impo sición
salarial, reforma legal, reforma judicial, reforma ejecutiva, separación de poderes,
colaboración de poderes, lucha de poderes, Constitución semántica.
Abstract: Impuesto sobre la Renta; Leyes. Reforma; Reserva legal.
Key Words: Income Tax; Statutes. Reform; Statutes. Exclusive matters.
I. A MODO DE INTRODUCCIÓN. LA ¿SEMÁNTICA? CONSTITUCIÓN VENE-
ZOLANA: SOBRE RESERVA TRIBUTARIA Y LIBERTAD
La creación de tributos por parte del Ejecutivo, co mo excepción al principio nullum tribu-
tum sine lege, ha sido siempre cuestionada por los regímenes no totalitarios y apoyada, como
es pensable, por los totalitarios habida cuenta que la representación popular es una garantía de
las libertades públicas, en lo general, y de la propiedad privada, en lo particular1. No sin razón,
se ha afirmado que «[l]a reserva de ley sólo tiene significado en el Estado liberal, donde la ley
es la expresión de la voluntad popular»2. En una palabra: la autoimposición es libertad.
El principio de reserva de ley es una garantía en sí misma de los derechos fundamen-
tales del individuo y, particularmente en lo que a los tributos se refiere, constituye una
garantía esencial del derecho de propiedad3, por un lado, y un freno al Estado intervencio-
nista (y a la rama ejecutiva del poder), por el otro; de ahí que sea necesario defender los
1 Cf. Plazas Vega, Mauricio A., El liberalismo y la teoría de los tributos, Editoria l Temis, Bogotá,
1995, p. 281.
2 Acosta, Eugenio Simón, «El principio de l egalidad y la seguridad jurídica en el ámbito tribut ario»
en Mares Ruiz, Carla (Coord.), Cuestiones actuales de Derecho Tributario. I Jornada de Derecho
Tributario, Palestra Editores, Lima, 2011, p. 34.
3 Cf. Plazas Vega, Mauricio A., op. cit., pp. 124 y 125.

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