Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil de Monagas, de 18 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2010
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
PonenteArturo Luces Tineo
ProcedimientoDaños Y Perjuicios

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DIECIOCHO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

199° y 151°

Revisada como ha sido la presente causa se pudo observa que en el presente juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS, intentado por las ciudadanas R.V.R.D. PATIÑO Y K.J. PATIÑO MATA, CONTRA la sociedad mercantil FOROMAR S.A., debidamente identificado, expediente N° 32.081, Este Tribunal en fecha 15 DE ENERO del presente año, por error involuntario dicto auto donde fija caución o fianza por una cantidad errada es por lo que este Tribunal de conformidad con el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, que expresa “…. Los actos y providencias de mera sustanciación o de mero trámite, podrán ser revocados o reformados de oficio o a petición de parte, por el Tribunal que los haya dictado, mientras no se haya pronunciado la sentencia definitiva, salvo disposiciones especiales. Contra la negativa de revocatoria o reforma no habrá recurso alguno, pero en el caso contrario se oirá apelación en el solo efecto devolutivo….” Revoca el auto de fecha 15 de enero del 2010. En cuanto a la caución solicitada el Tribunal proveerá por auto separado

DR. A.L.T.

JUEZ SUPLENTE ESPECIAL LA SECRETARIA

EXP/ 32.081

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