La suspensión judicial de los efectos del acto administrativo según la doctrina jurisprudencial venezolana

AutorLorena Rincón Eizaga
CargoUniversidad del Zulia-Venezuela
Páginas87-108
La suspensión judicial de los efectos
del acto administrativo según la doctrina
jurisprudencial venezolana
Lorena Rincón Eizaga*
Resumen
La investigación se centra en el estudio de la medida de suspensión de los
efectos de los actos administrativos en sede jurisdiccional, bajo la óptica del
tratamiento que la doctrina jurisprudencial venezolana le ha venido imprimiendo
a esta excepcional institución cautelar, típica del contencioso de nulidad, que
deroga los principios de ejecutividad y ejecutoriedad que corresponden a los
actos administrativos en virtud de la presunción de legalidad que los ampara.
Para desarrollo de este estudio, se recopiló y analizó una gran cantidad de
decisiones judiciales, tanto de la Corte Suprema de Justicia, en Corte Plena y en
Sala Político-Administrativa, como de la Corte Primera de lo contencioso-
Administrativo, a partir de las cuales se estudiaron los requisitos de procedencia
así como el procedimiento para decretar tal medida. Se concluye que mediante
una labor vanguardista, ha sido la doctrina sentada por la jurisprudencia
administrativa venezolana la que ha delineado esta medida desde el mismo
momento de su creación, no obstante debe seguir avanzándose en los criterios
de interpretación aplicación de la misma, en conformidad con su naturaleza
eminentemente cautelar y a los fines de impedir que se convierta en un
obstáculo de la actividad administrativa y de la satisfacción del interés público
al que ella propende.
Palabras clave: Suspensión, acto administrativo, doctrina jurisprudencial, contencioso de
nulidad.
Recibido: 03-09-96 * Aceptado: 20-11-98.
* Instituto de Filosofía del Derecho “Dr. J. M. Delgado Ocando” de la Facultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas de la Universidad del Zulia. Maracaibo, Venezuela.
Cuestiones Políticas . 23, julio-diciembre 1999, 87 -108
EPDP-Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas -LUZ ISSN 0798-
1406 ~ Depósito legal pp. 198502ZU132
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The Judicial Suspensión
of the Administrative Act`s Effects
According to the Venezuelan
Jurisprudential Doctrine
Abstract
The research is centered in the study of the suspension measure of the
administrative acts`effects in the jurisdiction of courts, according to the treatment that the
Venezuelan jursprudential doctrine has giben to this exceptional precautionary institution,
typical of the proceeding for annulment, that abrogates the rights of execution that
correspond to the administrative acts by virtue of their legality presumption. For the
accomplishment of this study, it was compliled and analyzed a large quantity of judicial
decisions, both of the Venezuelan Supreme Court of Justice, in Full Court and in Political-
administrative Room, and of the Contentious-Administrative First Court, starting from
which it was studied the requirements of origin as well as the procedure to decree such
measure. It is concluded that by a vanguardist work, the doctrine stated by the Venezuelan
administrative jurisprudence has outlined this measure since the same moment of its
creation, nevertheless the advabce should continue as regards its interpretaton and
application criteria, in conformity with its eminently precautionary nature and to the end of
impeding that it vecomes an obstacle of the administrative activity and of the public interest
saisfaction it tends to.
Key Words: Suspension, administrative act, jurisprudential doctrine, proceeding for
annulment.
1. Consideraciones Preliminares
La suspensión judicial de los efectos de los actos administrativos es una medida
cautelar de carácter excepcional y temporal, por medio de la cual el juez contencioso-
administrativo puede suspender los efectos que está llamado a producir un acto
administrativo de carácter particular cuya nulidad se ha demandado en el proceso principal,
cuando la ley así lo autorice o cuando el solicitante demuestre que su ejecución puede
ocasionarle daños irreparables o de difícil reparación por la sentencia definitiva,
constituyéndose así en la medida precautelativa típica del contencioso de nulidad, al
salvaguardar los intereses particulares del recurrente, los cuales podrían verse lesionados de
manera irreversible si no se suspenden los efectos del acto administrativo hasta que se
produzca decisión sobre el fondo del asunto.
Esta medida se encuentra regulada en el artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte
Suprema de Justicia, el cual establece que “A instancia de parte, la Corte podrá suspender
los efectos de un acto administrativo de efectos particulares, cuya nulidad haya sido

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