Notificaciones electrónicas y perención administrativa en la decisión N° 294/2017 de la Sala Político Administrativa

AutorCarlos Reverón Boulton
CargoAbogado
Páginas338-348
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS Y PERENCIÓN
ADMINISTRATIVA EN LA DECISIÓN N° 294/2017 DE LA
SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA
Carlos Reverón Boulton
Abogado
Resumen: Se analiza la decisión de la Sala Político Administrativa mediante la
cual se avaló la utilización de medios electrónicos para notificar requerimientos
en procedimientos administrat ivos sin que una ley contemple esa posibili dad y su
valoración probatoria.
Palabras Clave: Notificación, requerimient o, procedimientos administrat ivos, va-
lor probatorio.
Abstract: We analyze the Political Administrative Chamber's ruling which allowed
the use of digital means, in the absence of a law that provides for such possibility
and its evidentiary value, in notifications of requirements in administrative proce-
dures.
Key words: Notification, requirement, administrative procedures, evidentiary value.
I. INTRODUCCIÓN
Estos comentarios se realizan en virtud del contenido de la decisión N° 294 de la Sala
Político Administrativa del 06 de abril de 2017 (caso: Colgate Palmolive, C.A.), por medio de
la cual se desestimó un recurso de nulidad que se ejerció en contra de un acto administrativo
emitido por la entonces Comisión de Administración de Divisas (CADIVI). En esa causa se
recurrió el acto administrativo que decidió el recurso de reconsideración que confirmó la
perención que se declaró en el procedimiento administrativo para la adquisición de divisas.
Recuérdese que según el artículo 64 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administra-
tivos (en lo sucesivo LOPA) la perención operará en los procedimientos administrativos que
hayan sido iniciados por solicitud de un interesado, siempre que se haya paralizado por dos
meses y previa notificación por parte de la autoridad administrativa advirtiendo de que el
procedimiento podría terminar de esa forma de continuar la inactividad.
En el procedimiento de primer grado que nos referimos se requirió al interesado, con la
utilización de medios electrónicos, un conjunto de documentos para verificar la procedencia
de la solicitud de adquisición de divisas, la cual no fue atendida y es por ello que el procedi-
miento finalizó al declararse la perención.
Partiendo de lo anterior, se estudiará la legalidad de los requerimientos que se efectua-
ron con la utilización de medios electrónicos (correo electrónico), su valoración probatoria y
la declaratoria de perención.

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