instituciones de credito
- Se establecen en doce por ciento (12%) el porcentaje mínimo de la cartera de crédito bruta anual, que con carácter obligatorio deben colocar con recursos propios las instituciones del sector bancario obligadas a conceder créditos hipotecarios destinados a la construcción, adquisición, ampliación, mejoras y autoconstrucción de vivienda principal
- Se dispone que los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras, no podrán cobrar por sus operaciones activas, excluidas aquellas relacionadas con tarjetas de crédito, una tasa de interés anual o de descuento superior a la tasa fijada periódicamente por el Directorio del Banco Central de Venezuela para las operaciones de descuento, redescuento, reporto y anticipo de este Instituto.
- Decreto N° 2.264, mediante el cual se establece que la cartera de crédito bruta anual que con carácter obligatorio debe colocar con recursos propios las instituciones del sector bancario, se destinará un veinte por ciento (20%) a la concesión de nuevos créditos hipotecarios para la construcción, adquisición y autoconstrucción, mejoras y ampliación de vivienda principal
- Vigente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
- Se dispone que la presente está dirigida a todas aquellas empresas emisoras y operadoras de tarjetas de crédito; así como a las Instituciones Financieras.
-
Sentencia nº 00623 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Político Administrativa de 10 de Junio de 2004
Contrato de fideicomiso de inversión. Créditos con dinero proveniente del público ahorrista. Recurso contencioso administrativo de nulidad. Operaciones de intermediación financiera
... ácter de Presidente de la sociedad mercantil "Banco Venezolano de Crédito, S.A.C.A.", asistido por los abogados Carlos Ayala Corao y María ... º 328-99, dictada por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, así como de su acto de ejecución contenido en el Oficio Nº ... - Acuerdo en homenaje a Cecilio «Chío» Zubillaga Perera, Genio Popular por su excepcional quehacer organizativo, social, político y cultural.Acuerdo con motivo del sensible fallecimiento del camarada maestro y humanista Américo Díaz Núñez, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Bolivariana de Venezuela ante el Gobierno de Belarús.Acuerdo por la defensa soberana de la República Bolivariana de Venezuela ante la actuación injerencista, abusiva y criminal de Gobierno de los Estados Unidos contra nuestras instituciones democráticas.Acuerdo mediante el cual se autoriza al Ejecutivo Nacional para decretar un Crédito Adicional al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para la Juventud y el Deporte por la cantidad que en él se indica
- Se establece en un diez por ciento (10%) el porcentaje mínimo de la cartera de crédito bruta anual, que con carácter obligatorio deben colocar con recursos propios las instituciones financieras obligadas a conceder Créditos Hipotecarios destinados a la adquisición y construcción de vivienda principal.
- Resolución mediante la cual se establece que las Instituciones Bancarias regidas por las leyes que en ella se señalan, no podrán cobrar por sus operaciones activas, excluidas aquellas relacionadas con tarjeta de crédito, una tasa de interés anual o de descuento superior a la tasa fijada periódicamente por el Directorio del Banco Central de Venezuela para las operaciones que en ella se mencionan.
- Se dispone que los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras, no podrán cobrar sus operaciones activas con tarjetas de crédito, una tasa de interés anual superior a veintiocho por ciento (28%), ni inferior a diecisiete por ciento (17%).
- Se dispone que los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras, no podrán cobrar por sus operaciones activas con tarjetas de crédito, una tasa de interés anual superior a treinta y dos por ciento (32%), ni inferior a diecisiete por ciento (17%).
- Se establece en un diez por ciento (10%), el porcentaje mínimo de la cartera de crédito bruta anual que con carácter obligatorio deben colocar con recursos propios la instituciones financieras obligadas a conceder créditos hipotecarios, destinados a la adquisición y construcción de vivienda principal.
-
Convenio Cambiario Nº 1
... , el acceso a programas de financiamiento a travs de instituciones especializadas, la prestacin de servicios para el turismo receptivo, ...
-
Versión original
Decreto Nº 8.005, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda.
... ARTÍCULO 19. Cartera Obligatoria de Crédito ... Sin perjuicio de las carteras hipotecarias obligatorias ya ... Las instituciones financieras de desarrollo de vivienda, las creadas mediante Ley especial, ...
- Se establece en un diez (10%), el porcentaje mínimo de la cartera de crédito bruta anual, que con carácter obligatorio deben colocar con recursos propio los bancos e instituciones financieras y cualquier otro ente, obligados a conceder créditos hipotecarios, destinados a la adquisición de construcción de vivienda principal.
-
Resolución mediante la cual se establece que los créditos a los que se refiere la presente Resolución, deberán ser expresados únicamente mediante el uso de la Unidad de Valor de Crédito (UVC)
... con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial que lo rige; y en los artículos 3º y 60 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario ... Considerando ... Que la regulación del crédito y de las tasas de interés del sistema financiero, constituye uno de los ...
-
Sentencia nº AVP-003 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Político Administrativa de 13 de Febrero de 2008
Recurso contencioso administrativo de nulidad. Instituciones financieras
... de apoderados judiciales de la sociedad mercantil VENEZOLANO DE CRÉDITO, S.A., Banco Universal, inscrita en el Registro de Comercio llevado por el ... de 1999, dictada por la SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS (SUDEBAN), mediante la cual: “(1) se ordena a las ... - Se fija en un diez por ciento (10%), el porcentaje mínimo sobre la cartera bruta de crédito que, con carácter obligatorio, deben colocar los bancos, instituciones financieras y cualquier otro ente autorizado por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras en el otorgamiento de créditos hipotecarios.
- Se fija en un diez por ciento (10%) el porcentaje mínimo sobre la cartera bruta de crédito que, con carácter obligatorio, deben colocar los bancos, instituciones financieras y cualquier otro ente autorizado por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras en el otorgamiento de créditos hipotecarios en las condiciones establecidas...
- Se fija en un Diez por ciento (10) el porcentaje mínimo sobre la cartera de crédito bruta que, con carácter obligatorio, deben colocar con recursos propios los Bancos, Instituciones Financieras y cualquier otro Ente autorizado por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras,...
-
Deuda pública en México: dinámica e implicaciones de política
El propósito de este trabajo es analizar los factores que han impulsado la deuda pública en México y sus consecuencias sobre la economía. La hipótesis planteada es que el incremente de la deuda se relaciona con factores tales como la discrecionalidad en el manejo de los recursos públicos, el aval de los recursos petroleros, el costo de los rescates financieros y el creciente gasto social ejercido.
... Los datos proceden de instituciones como el Banco de México, el Banco Mundial, la Secretaría de Hacienda y ... De acuerdo con la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (2020), las obligaciones contratadas por el gobierno federal se ... - Vigente Ley Orgánica de Aduanas
- Versión original Ley de la Actividad Aseguradora.
- Resolución mediante la cual se fija el porcentaje de cumplimiento de la cartera de crédito dirigida al Sector Manufacturero, por parte de la Banca Universal, así como la Banca Comercial que se encuentre en proceso de transformación ante la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, de conformidad con la normativa aplicable, tanto pública como privada, para el ejercicio económico financiero 2017, así como los parámetros de financiamiento a dicho sector
- Se establece en un diez por ciento (10%), el porcentaje mínimo de la cartera de crédito bruta anual que con carácter obligatorio deben colocar con recursos propios los bancos e instituciones financieras, obligados a conceder créditos hipotecarios destinados a la adquisición, construcción, autoconstrucción, ampliación o remodelación de vivienda...