Los ámbitos relacionales

AutorCarlos Simón Bello Rengifo
Páginas371-385
Capítulo 
Los ámbitos relacionales
1. V 
El Derecho es un hecho social, o, mejor aún, cultural. Esta armación,
anodina de suyo por su obviedad, y que por lo mismo no creo que suscite
muchas reacciones negativas493; sin embargo, no está exenta de reservas.
No es un epifenómeno social, sino, que por el contrario, codetermina bidi-
reccionalmente, junto a otros elementos494, el hecho social, ahora visto como
totalidad. Además, se relaciona con él, como su contexto. Esa inuencia
bidireccional o recíproca no es meramente causal.
Ahora, hablando del Derecho Penal, su inuencia se maniesta en control,
para algunos; para otros, su regulación o armación normativa o de valores;
y hay quienes proclamen el desarrollo de la sociedad; o, simplemente,
orden. En suma, hombre-sociedad.
En la doctrina venezolana, A S ha sostenido la relación
entre el Derecho Penal, la sociedad y el individuo:
Y su función (la del ordenamiento penal) es también la de instru mento que
se orienta a la consecución del orden social y contribuye a la organización
493 Otro asunto es que se d iga que no es exacta porque el Derecho en cuanto hecho es
más que un fenómeno social, o es al menos, un hecho social con sus propios atri-
butos, pues de lo contrario no sería posible su diferencia con otros hechos sociales,
como las instituciones, el poder, el trabajo, para mencionar solo algunos ejemplos.
Creo que la observación de inexactitud es correcta, pero la fuerza gráca de la
expresión me dispensa, a l menos eso aspiro, de una modulación ab initio.
494 De índole histórica, económica, política, entre otros, sin descartar los psíquicos,
tanto individuales como sociales y las ideologías.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR