El hogar

AutorMaría Candelaria Domínguez Guillén, Carlos Pérez Fernández
Páginas907-932
TEM A 19
El hogar
S :
1. Antecedentes y noción 2. Naturalez a, objeto y sujeto cons-
tituyent e 3. Benecia rios 4. Constitución (procedimiento)
4.1. Solicitud 4.2. Justiprecio 4.3. Publicación 4.4. Decisión
5. Efectos 6. Extinc ión
1. A  2749
La gura del hogar encuentra antecedente en el homestead en la Ley de 26
de enero de 1839 del Estado de Texas de Estados Unidos de América que
2749 Vé as e: K : ob. cit. (Bienes y Derechos…), pp. 477-485; A G-
: ob. cit. (Cosas, bienes…), pp. 425-433; A M: ob. cit. (Las
cosas y el derecho…), pp. 371-390; P V: ob. cit., pp. 155-159; C 
L. y M  K: ob. cit. (Lecciones de Derecho…), pp. 156-163; O
G: ob. cit. (Bienes y Der echos Reales…), pp. 393-415; G G:
ob. cit., pp. 371-375;  R: ob. cit., pp. 307-315; S B: ob. cit.,
pp. 40-44; L  C  : ob. cit., pp. 207-212; B: ob. cit. (Comen-
tarios y reparos…), pp. 111 -127; D : ob. cit., t. , pp. 694-706; G 
C.: ob. cit., t. , pp. - ; R   : ob. cit., t. , pp. 81-85; Z  S,
Jesús: «Institución del hogar. Historia y legislación venezolana». En: Revista de la
Universidad del Zulia. N.º 3. Maracaibo, 1950, pp. 77-94; Q   T  ,
Mariolga: «Del hogar. Desarrollo y algunas observaciones a la reforma parcial
del Código Civil». En: Revist a de Derecho Privado. Año 2, N.º 2. UCV, Caracas,
1985, pp. 103-118; A M, Luis Eduardo: «El hogar y guras simi-
lares en alg unos ordenamientos jurídicos iberoamericanos». En: Studia iuris civilis.
Libro homenaje a Gert F. Kummerow A igster. TSJ (F. P A, edito r),
908 M C D G / C P F
alcanzó regulación integral en tal país a través de la Homestead Law el 20
de mayo de 1862, teniendo por nalidad favorecer la familia y la coloni-
zación. Se incorporó por primera vez en Venezuela en el Código Civil de
18962750, con el objeto de proteger la familia2 751.
La constitución del hogar supone excluir un inmueble del patrimonio
del constituyente a n de favorecer a determinados beneciarios, y en
virtud de dicha exclusión, queda fuera del alcance de los herederos y de
los acreedores. Nuestro Código Civil ubica la gura en los artículos 632 al
643, esto es, dentro de las limitaciones de la propiedad, inmediatamente
después del usufructo, uso y habitación. Se arma así que el Código sus-
tantivo pretender ubicarlo dentro de la categoría de los derechos reales
sobre cosa ajena (para conservarlo como desmembración autónoma del
dominio pleno), siendo criticado si tal sea propiamente su naturaleza2752,
Caraca s, 2004, pp. 27-49; W R, Lourdes: «Protección jurídica de la vivienda
familiar». En: Revista d e la Facultad de Cienci as Jurídicas y Políticas. N.º 138. UCV,
Caracas, 2 013, pp. 44-49; R , José Santiago: «L a institución del hogar en la
legislación venezolana». En: Revista de Ciencias Políticas. T. . UCV, Caracas, 1910,
pp. 145-156 (también en: Gaceta Jurídica. N.º 23, t. . Caracas, 1914, pp. 131-143);
P, José Eugenio: «El hogar en la legislación venezolana». En: El Profesional.
N.º 64. San Felipe, 1921, pp. 66-75; Z, Nicomedes: «Proyecto de reforma
del hogar ». En: Gaceta Jurídica. N.os 33-34. Caracas, 1915, pp. 81-83; A, Pedro
Manuel: «El hogar». En: Revista de Ciencias Políticas. A ño, mes . UCV, Caracas,
1908, pp. 105-106 (también en: El Profesional. N.º 4. San Felipe, 1918, p. 34); Á ,
P. E.: «El hogar». En: El Profesional. N.º 64. San Felipe, 1921, pp. 35-37.
2750 D : ob. cit., t. , p. 695, «Se estableció no hace muchos años en a lgunos
Códigos seccionales de los Estados Unidos, y de allí la hemos tomado para
aprovecharla en Venezuela (…) Llámese allá homestead, que viene de home, h oga r,
y de stead, si tio».
2751 K: ob. cit. (Bienes y Derechos), p. 477; A G:
ob. cit. (Cosas, bienes…), p. 425, la gura no tuvo pujanza en Eu ropa, aun cuando
algunos países luego de la Segunda Guerra Mundial buscaron obtener semejantes
resultados a través de instituciones diferentes; A M: ob. cit.
(Las cosas y el derecho…), pp. 371 y 372.
2752 Véa se: A  G: ob. cit. (Cosas, bienes…), pp. 431 y 432, el hogar
puede ser constituido por una pers ona para sí mismo, en cuyo caso no constituye un

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